Los estudios de posgrado son la opción educativa posterior a la licenciatura orientada a la formación especializada sobre un campo de formación determinado, y que comprende los siguientes niveles:

a) Especialidad, que conduce a la obtención de un diploma.
b) Maestría y Doctorado que conduce a la obtención del grado correspondiente.

Una maestría es un grado académico avanzado que permite a los profesionales profundizar sus conocimientos en un área específica una maestría combina teoría y práctica en un formato más extenso y riguroso.

Conforme a lo establecido en el acuerdo 17/11/17 por el que se establecen los trámites y procedimientos relacionados con el reconocimiento de validez oficial de estudios del tipo superior, emitido por la Secretaria de Educación Pública, específicamente en el numeral 10, inciso b menciona como requisito para poder cursar la Maestría el aspirante debe tener por lo menos como antecedente académico el título de licenciatura, o haber cubierto el total de créditos de la licenciatura, cuando se curse como opción de titulación de ésta la cual debe estar integradas por un mínimo de 75 créditos después de la licenciatura o 30 después de la especialidad.

Los planes de estudio para Maestría deben estar orientados fundamentalmente a profundizar en los conocimientos de un campo de formación específico y deberá, además estar dirigida a la formación de individuos capacitados para participar en el análisis, adaptación e incorporación a la práctica de los avances de un área específica de una profesión o disciplina.

Si el plan de estudio propuesto tiene orientación hacia la investigación, deberá presentar el programa de indagación correspondiente, en donde se describan los objetivos a lograr, además de la descripción de la metodología a utilizar.

Además, el acuerdo 11/17/11 en el artículo 8 establece que el plan de estudios para maestría deberá contener los siguientes requisitos:

1) Nivel educativo.
2) Modalidad educativa en que se imparte.
3) Duración mínima en semanas (sin exceder una carga máxima de 50 horas efectivas por semana), señalando el número de ciclos en que se impartirá;
4) Descripción de los fines del aprendizaje o formación, mediante objetivo, propósito o competencias generales, que adquirirá el alumno de acuerdo con la estructura y organización del Plan de estudio y el nivel educativo.
5) Perfil de ingreso, en el que se especifique el antecedente académico necesario o las condiciones mínimas requeridas para cursar un Plan de estudio;
6) Perfil de egreso, que indique los atributos que habrá adquirido el alumno al finalizar el Plan de estudio.
7) Mapa curricular en el que se esquematice la organización del Plan de estudio, estableciendo la totalidad de asignaturas, con su respectiva carga horaria, claves, créditos, seriación, el tipo de instalaciones y, en su caso, Instalaciones especiales a utilizar.
8) Propuesta de evaluación periódica del Plan de estudio que describa detalladamente la metodología que se utilizará para mantenerlo actualizado atendiendo a las prioridades nacionales, regionales y/o locales.

Dependiendo de la modalidad que se elija es como se deberán de asignar las horas bajo la conducción de un académico:

-Para la modalidad escolarizada deberán corresponder como mínimo de 300 horas.

-En las modalidades no escolarizada y mixta equivalen como máximo al 40% de las 300 horas señaladas en la modalidad escolarizada.

Actualmente es importante implementar en este nivel para ampliar la oferta que ofrece una institución educativa y ofrecer a los estudiantes un panorama diverso en su vida profesional para continuar con su formación después de una licenciatura.

Si es de tu interés hacer crecer la oferta educativa de tu institución puedes acercarte con nosotros en JURIDICO EDUCATIVO LOYALTY podemos ayudarte.