El Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE) como ya lo vimos anteriormente es el acto de la autoridad educativa en virtud del cual se determina incorporar un plan y programas de estudio que un particular imparte, o pretende impartir, al sistema educativo nacional.
¿Alguna vez te preguntaste cuales son los principales rubos con los que se debe de cumplir para obtener un RVOE? Aquí te decimos cuales son.
Cuando hablamos de la educación o nivel superior nos referimos a nivel técnico superior universitario, licenciatura o posgrado.
Conforme al acuerdo 17-11-17 emitido por la Secretaria de Educación Pública principalmente se deben cubrir 3 grandes rubos:
a) Personal Académico: Los docentes deben cubrir las características del acuerdo mencionado anteriormente. Donde los académicos que participen en los Programas de estudio establecidos por los Particulares tendrán alguna de las categorías siguientes:
1. Académicos de asignatura: Los cuales son académicos que imparten clases durante menos de 15 horas a la semana.
2. Académicos de tiempo completo: En este punto los académicos imparten clases de 40 horas o más a la semana.
En ambos casos, deberán poseer como mínimo el título, diploma o grado correspondiente al nivel educativo en que se desempeñarán.
El Particular será responsable de capacitar en el desarrollo de las actividades de aprendizaje, evaluaciones y demás actividades académicas, a su personal académico, según las necesidades o requerimientos del Plan y Programas de estudio a impartirse en la modalidad solicitada para el RVOE.
b) Programas de Estudio: Los Programas de estudio que proponga el Particular en cualquiera de las modalidades educativas ya sea modalidad escolarizada, no escolarizada o mixta; deberán reunir los siguientes requisitos:
I. Descripción de los fines del aprendizaje o formación que podrá exponerse, de manera enunciativa mas no limitativa, en objetivo(s), propósito(s) o competencia(s) general(es), que adquirirá el alumno por cada una de las asignaturas o unidades de aprendizaje;
II. Contenido temático estructurado, desarrollado por temas y subtemas, que mantengan una secuencia lógica;
III. Actividades de aprendizaje que estén articuladas con la descripción de los fines del aprendizaje o formación y los contenidos temáticos de cada asignatura o unidad de aprendizaje, así como al tipo de Instalaciones y, en su caso, Instalaciones especiales, mismas que llevará a cabo el alumno con el fin de adquirir los conocimientos y habilidades requeridas en un Plan de estudio, las cuales podrán desarrollarse:
a) Bajo la conducción de un académico, en espacios de la Institución, a través de la Plataforma tecnológica educativa u otros recursos que ofrecen las tecnologías de la información y comunicaciones.
b) De manera independiente, sin contar con la conducción de un académico, en espacios internos, externos o a través de la Plataforma tecnológica educativa, fuera de los horarios de clase establecidos y como parte de procesos autónomos vinculados a la asignatura o unidad de aprendizaje;
IV. Criterios de evaluación que medirán el aprendizaje del alumno, y
V. Modalidades tecnológicas e informáticas que, en su caso, se utilizarán en el proceso de enseñanza-aprendizaje.
c) Instalaciones: Las Instalaciones y, en su caso, Instalaciones especiales propuestas por el Particular para impartir educación del tipo superior deberán contar con espacios que satisfagan las condiciones higiénicas, de seguridad y pedagógicas necesarias que permitan el adecuado desarrollo del proceso educativo, así como guardar una relación directa entre su equipamiento y las actividades de enseñanza-aprendizaje, para el cabal cumplimiento del Plan y Programas de estudio.
Una vez que ya hemos explicado los puntos a cumplir para la obtención de un Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE), muchas veces se preguntan ¿Con que se relaciona el RVOE?
Principalmente vincula con la Secretaría de Educación Pública (SEP), que es quien autoriza la certificación y lleva a cabo los trámites de otorgamiento, refrendo o revocación de Acuerdos de RVOE a instituciones educativas particulares.
El RVOE es otorgado individualmente a cada programa de estudio y es obligatorio para que un centro de estudios universitarios privado pueda garantizar la validez y oficialidad de los programas me imparte; ya que, si una institución privada no cuenta con RVOE, los estudios que el estudiante realice no serán legalmente válidos y no tendrá derecho a obtener un título reconocido legalmente en México.
Es importante cubrir los tres principales puntos mencionados anteriormente, ya que la Autoridad educativa debe tener la certeza de que los Particulares cumplen con los lineamientos establecidos en la ley para poder impartir educación a nivel superior de calidad.
Una vez explicado lo anterior, si te interesa obtener un RVOE a nivel superior acércate con nosotros, en JURÍDICO EDUCATIVO LOYALTY tenemos soluciones a la medida de tus necesidades, con nuestros expertos en materia educativa te podemos ayudar a que tu solicitud de RVOE salga favorable.