Hemos analizado anteriormente, que es un RVOE y algunos de los requisitos que la normatividad en la materia solicita para el otorgamiento del mismo. Pero en realidad ¿Cuáles son las implicaciones en la obtención de un RVOE? A continuación te platicamos un poco al respecto.

La Ley General de Educación, establece que el RVOE que incorpora al Sistema Educativo Nacional a las instituciones educativas, impone obligaciones a sus titulares, los cuales pueden ser personas físicas o morales.

Por lo anterior, el RVOE se otorga en favor de:

• Una persona en particular.
• Un plan y programa de estudios específico.
• En un domicilio determinado.

Lo anterior lo podemos explicar mejor con los siguientes ejemplos:

1. Se otorga un RVOE a nombre de una persona física o moral (moral si se trata de una sociedad); en caso de que este dato cambie, refiriéndonos al nombre del titular, también se modificará el acuerdo de RVOE otorgado.

2. Una universidad solicita RVOE para una Licenciatura en Derecho y otra en Administración, esto no significa que compartirán el acuerdo de RVOE, sino que cada uno de ellos tendrá un RVOE distinto.

3. Por lo que respecta al domicilio, un plan y programa de estudios que se imparte en Campeche, no tendrá el mismo acuerdo de RVOE que uno impartido en Tamaulipas. Aun tratándose de la misma institución educativa; y aun cuando los planes y programas de estudios sean los mismos.

Con los ejemplos proporcionados esperamos que queden más claras las implicaciones y operaciones de los acuerdos de RVOE. Por supuesto que existen algunas excepciones a las reglas establecidas, sin embargo de ellas hablaremos en otra ocasión.

Recuerda que en JURÍDICO EDUCATIVO LOYALTY conocemos de estos y muchos temas más relacionados con la tramitación y operación de los acuerdos de RVOE, escríbenos y te ayudaremos.